miércoles, 28 de mayo de 2008

Estatutos moros Berebers

Estos son los nuevos estatutos de la peña si alguien cree que hay algo que modificar en los nuevos estatutos puede decirlo en comentarios indicando el articulo y lo que cree que hay que rectificar.


ESTATUTOS DE LA FILÀ MOROS BEREBERS

Titulo I

Art. 1 : Esta peña pertenece a la asociación de Moros y Cristianos Sant Blai de Altea.

Art. 2 : Los fines que tiene esta peña son los siguientes:
a) Contribuir al estudio y conservar las tradiciones locales, en lo que respecta a las fiestas de Moros y Cristianos.
b) Poder organizar todo tipo de actos para obtener beneficios a favor de la Fila.
c) Promover toda clase de iniciativas, para que estas puedan ir encaminadas a un mejor esplendor de las fiestas, ya sea a nivel de la Fila o a nivel de las fiestas en general.

Art. 3 : Esta Fila se constituye por un tiempo indefinido y esta obligada a seguir fiel a las tradiciones de nuestra fiesta.

Art. 4 : Esta Fila se declara totalmente apolitica.


Titulo II

Art. 5 : Todo miembro de la fiesta (de esta u otra fila que pertenece a la asociación) sera tratado como se merece, recibiendo un trato como si fuera de nuestra fila, siempre sin discrimina cion por ser de otra fila, por su ideología o por cualquier otra circunstancia que envuelva a ese festero.

Art. 6 : a) La Fila estara compuesta por varias categorías relacionadas con la edad:
1) De 0 a 12 años que sean familiares de algún componente de la peña,no pagarán cuota y si quieren desfilar pagarán el traje.
2) De 13 a 17 años pagarán la mitad de la cuota y si quieren desfilar pagarán el traje a parte.
3) De 18 en adelante pagarán la cuota normal que incluye el traje para desfilar.
Los menores de 18 años necesitaran una autorización de los padres para apuntarse a la peña.
Todos los componentes de la Fila tienen los mismo derechos.

Art. 7 : Fuera de los dias que se celebren las fiestas ninguno podra vestirse con chilaba o traje oficial de fiestas. Si hubiese alguna razon para hacerlo, debera comunicarlo con 15 dias de antelación a la Asociación (ver Art. 12 de los estatutos de la asociación).

Art. 8 : La junta directiva de la Fila estara compuesta de Presidente/a, Vicepresinte/a, Tesorero/a y dos Vocales.
Si esta junta ha sido renovada debera comunicarlo por escrito a la Asociación en un tiempo no superior a 15 dias, según lo estipulado en el Art, 13 de los Estatutos de la Asociación.

Art. 9 : Sera responsabilidad del Presidente de la Fila en referencia a las cuentas de la Asociación.
a) Comunicar los cargos de que consta la junta directiva que preside, asi como los nombres y domicilios de los nombrados para representar a la Fila en la Asociación.
b) Cuidar que el traje sea vestido correctamente en los actos publicos obligatorios. Este traje solo podra ser modificado siempre que no suponga un cambio fundamental que altere su aspecto general, pero si no fuera asi y ante el mínimo cambio, deberia solicitarse un permiso a la Asociación (Art. 15 de los estatutos de la Asociación).

Art. 10 :En caso de disolución de la Fila, debera presentarse a la Asociación una relacion nominal de aquellos objetos que se consideren historicos o funcionales de Fila de acuerdo con un criterio particular y con el fin de conservar la tradición de esta.
La asociación se reservara el derecho de adquisición (según Art, 15 de la Asociación).

Art. 11 : Si la Fila toma la determinacion de expulsar a algun miembro debera ser por un motivo grave y se debera explicar los motivos de dicha expulsión.
Para llevar a cabo la expulsión, la fila debera hacer dos reuniones en las que el resultado de la votación deberá obtenerse mayoria simple.
Toda expulsión se debera comunicar en la primera reunion que se realice en la Asociación.


Titulo III

Art. 12 : a) La junta directiva de esta Fila tendra duracion de un año, proponiendo que cada miembro tenga derecho de ostentar un cargo importante en cada junta.
b)La eleccion de la junta la realizara el presidente/a , proponiendo el, los miembros con los que desea contar.
c)La nueva junta debera ser establecida un mes después de la finalizacion de la fiestas.

Art. 13 : Las votaciones podran realizarse:
a)A mano alzada
b)Por medio de papeletas
*En caso que un solo miembro de la Fila solicite la forma de votacion secreta se debera efectuar de esa manera.

Art. 14 : 1. Solo tendran derecho a votar aquellos que sean mayores de edad.
2. Solo tendran derecho a votar aquellos que hayan pagado la cuota.
3. Todos los componente de Fila tienen el derecho a asistir a la reuniones generales que haga la fila.

Art. 15 : 1. La junta directiva podra reunirse todas la veces que estime oportunas durante todo el año.
2. La junta directiva tendra la obligación de organizar reuniones extraordinarias como minimo una vez cada dos meses.

Art, 16 : Antes de las elecciones de la nueva junta directiva, se debera hacer una reunion extraordinaria general, en la que se trataran los siguiente puntos:
a) Liquidación del presupuesto y balance de las cuentas del ejercicio anterior.
b) Analisis de los resultados obtenidos en las pasadas fiestas.
c) Memoria de las actividades del año.
d) Eleccion de lo nuevos cargos*
*Esta se puede hacer ese mismo dia o dentro de lo establecido en el Art. 12.c.

Art. 17 : Las reuniones podran ser convocadas:
a) Siempre que lo acuerde la junta directiva.
b) Si lo solicitan por escritos al menos cincos miembros de la Fila, los cuales en la solicitud deberan comunicar los temas que quieren tratar.

Art. 18 : La junta directiva de la Fila sera la encargada de impulsar, regir y completar todas las obligaciones, de acuerdo con lo previsto en el presente estatuto.

Art. 19 : Los cargos de la junta quedaran vacantes:
a) Por muerte
b) Por no poder desempeñar el cargo (por falta de tiempo, etc…)
c) Por dimision.*
*Si un miembro es elegido en la votacion, solo podra dimitir por excusa razonable.

Art. 20 : Si quedara vacante algun cargo por cualquier motivo anterior (Art. 19) el presidente tiene el derecho de convocar una reunion o elegir el mismo a la persona idonea.

Art. 21 : El presidente tiene el derecho a elegir él mismo la junta con la que desea desarrollar su cargo durante su año de mandato, sin necesidad de votacion.

Art. 22 : 1. Para llegar a un acuerdo en cualquier reunion es necesaria la asistencia como mínimo del 30% de los componentes de la Fila con derecho a voto.
2. Tambien sera obligatoria la asistencia, como minino de tres miembros de la junta.
3. La junta directiva podra tomar una decisión si es necesario para la Fila y si no hay tiempo para convocar una reunion extraordinaria. De hacerse se debera comunicar en la siguiente reunion y exponer los hechos al resto de los miembros.

Art. 23 : La junta directiva tambien sera responsable de :
a) Desarrollar un ambiente propicio para las fiestas.
b) Organizarlas, regirlas e intentar mejorarlas.
c) Resolver y dirigir cuestiones que aparezcan entre miembros de la Fila y entre miembros de otras filas.
d) Resolver las dudas que aparezcan sobre la interpretación de estos estatutos y otras dudas a nivel de normas de la asociación.

Art. 24 : La junta directiva podra acordar la designacion de comisiones de trabajo siempre que sea oportuno y hayan voluntarios para desempeñarlas.

Art. 25 : El presidente/a regulara todas la funciones de la junta directiva, es el maximo responsable.

Art. 26 : El vicepresidente/a sustituira al presidente en caso de urgencia, enfermedad o delegacion expresa. En todo caso tendra indenticas atribuciones que el presidente.

Art. 27 : Corresponde al tesorero/a:
a) Custodiar los fondos de la Fila, respondiendo de los mismo, firmar ordenes de pago designadas a tal efecto, conjuntamente con los otros autorizados.
b) Hacerse cargo de los ingresos que obtenga la Fila y atender a todos los pagos visados por el presidente/a, sera tambien responsable de los pagos que se verifiquen sin este requerimiento
c) Llevar las cuentas de cajas y bancos
d) Custodiar los libros y documentos de contabilidad
e) Firmar recibos
f) Hacer el balance general del ejercicio y preparar el borrador del presupuesto.
g) Firmar junto a las personas autorizadas los talones y otros documentos que tengan por fin disponer de los fondos de la fila.
h) Este cargo puede ser compartido con otro miembro de la Fila.

Art. 28 : Corresponde a los vocales:
a) Estar presente en las reuniones de la Asociación, opinar e informar al resto de la Fila o a cualquier otro miembro de la junta directiva.
b) Sustituir a cualquier cargo de la junta directiva si fuera necesario.
c) Firmar junto a otros miembros talones o documentos legales que tengan por fin disponer de los fondos de la Fila.


Titulo IV

Art. 29 : Si la Fila recibiera cualquier donativo o subvencion, esta sera destinada unica y exclusivamente a la contribución del buen funcionamientote la Fila.

Art. 30 : Los fondos de la Fila se depositaran en una entidad bancaria y se necesitaran para retirarlo , como minimo dos firmas autorizadas.

Art. 31 : Dentro del presupuesto de fiestas podran haber unos gastos extraordinarios que hayan sido confeccionadas para atender a gastos que normalmente no forman parte del presupuesto.Estos deberán ser aprobados en una reunion extraordinaria.

Art. 32 : Las cuotas que tienen que abonar los miembros de la Fila, seran abonadas antes del comienzo de los actos festeros o antes de la fecha que establezca la junta.

Art. 33 : La forma de pago podra ser mediante:
a) pago domiciliado
b) pago en efectivo

Art. 34 : Todos los miembros que paguen en efectivo tendran que abonar un 30 % antes del medio año y el resto según Art. 32.

Art. 35 : La cuota no deberá ser siempre la misma, podrá variar según las necesidades de la Fila en cada año, siempre respetando las diferente categorías.

Art. 36 : Todo miembro que forme parte en medio año no podra darse de baja para fiestas, excepto en el caso de fuerza mayor.

Art. 37 : Cualquier miembro de la Fila que no haya pagado el total de la cuota no podra participar en cualquier acto festero.

Art. 38 : Cuando un miembro de la Fila se de de baja sus cuentas con con la Fila seran nulas.


TITULO V

Art. 39 : Según lo establecido por la mayoria de la Fila, el ultimo miembro tiene la obligación de ser el portador/a de la bandera oficial en el acto del desfile, en la presentacion de trajes y procesiones ,a excepcion de:
a) que haya algun voluntario/a.
b) que hubiese mas de un miembro, que se elegiría por sorteo.

Art. 40 : Todo miembro que haya participado en lo establecido en el art. anterior no podra repetir al año siguiente.

Art. 41 : La Fila deberá ser representada en todos los actos oficiales de la Asociación, por lo menos con un miembro de la junta de Fila o miembro voluntario.

Art. 42 : Todo miembro de la Fila tiene el derecho a desfilar con el traje correspondiente en actos oficiales.


TITULO VI

Art. 43 : Esta Fila podra ser disuelta por la desaparicion de la fiestas, por la voluntad de los miembros, por sentencia judicial u otros motivos.

Art. 44 : Si se produjera la disolución de la Fila , se debera cumplir el Art. 10 de estos estatutos.

Art. 45 : La Fila se reserva todo derecho de admisión

viernes, 2 de mayo de 2008

Ya podeis enviarnos vuestras dudas, preguntas y proyectos que siempre habeis querido preguntar y nunca os habeis atrevido al tengo una pregunta para usted moros berebers 2008.
No se respondera a los anonimos.